Aumento de la Unidad Tributaria (2015)

Por: Aurora Celina Salcedo Medina

Con fecha 25 de febrero de 2015 fue publicado en Gaceta Oficial Nro. 40.608 el aumento de la Unidad Tributaria (UT).

El aumento aplicado representa un 18,11%, pasó de Bs. 127,00 a Bs. 150,00.

Sobre este particular se debe tener en cuenta lo siguiente:

- la declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR) correspondiente al año 2014 que debe realizarse antes del 31 de marzo tomará como base el valor de la UT vigente para el año 2014, es decir, Bs. 127,00.

- este aumento incide en todos aquellos conceptos cuya forma de estimación se basa en UT, tales como multas, aranceles, impuestos, beneficio de alimentación.

- el beneficio de alimentación (cesta ticket) oscilará entre Bs. 75,00 (0,50 UT) y 112,50 (0,75 UT), por jornada trabajada, dependiendo de los acuerdos laborales existentes entre patronos y trabajadores.


Providencia Nº SNAT/2015/0019
mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de Ciento Veintisiete (Bs. 127,00) a Ciento Cincuenta Bolívares (Bs. 150,00):
 Artículo 1. Se reajusta la Unidad Tributaria de CIENTO VEINTISIETE BOLÍVARES (Bs. 127,00) a CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 150,00).
 Artículo 2. En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente durante por lo menos ciento ochenta y tres (183) días continuos del período respectivo, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, todo de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario.