Decretados No Laborables los días 27 y 28 de Febrero de 2014

Aun cuando el correspondiente Decreto Presidencial no ha sido publicado en Gaceta Oficial, el Ejecutivo Nacional ha manifestado en los medios de comuncación su decisión de decretar como No Laborables los días 27 y 28 de febrero de 2014.

No está claro aun si el día 05 de marzo también será no laborable, aunque se mencionó que se realizarán actos para conmemorar el fallecimiento del Expresidente Hugo Chávez.

Corresponde esperar la publicación del decreto en la Gaceta Oficial para aclarar las dudas que esto ha suscitado en el plano laboral.

Téngase presente que los días feriados no generan el pago del beneficio de alimentación establecido en Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras, pues no es uno de los supuestos de excepción establecidos en el artículo 6 de dicha Ley.

En el caso que se requiera laborar en día feriado, el trabajador tendrá derecho al salario correspondiente a ese día, más el que le corresponda por razón del trabajo realizado, calculado con recargo del 50% sobre el salario normal.